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Aprueban Ley del Café

  • Controversia de cuatro años concluyó ayer con una aprobación “sin pena ni gloria”

Consuelo Sandoval [email protected]

Tras cuatro años de permanecer en constante consulta con los sectores interesados por parte de la comisión de Producción del Parlamento, fue aprobada ayer en los particular y por consenso la Ley del Café que entrará en vigor 60 días después de su publicación en el diario oficial La Gaceta.

El presidente de la Comisión de Producción de la Asamblea Nacional, Eduardo Rizo, se mostró satisfecho por la aprobación de la nueva legislación que regulará la producción y comercialización del grano de oro, principal rubro de exportación de Nicaragua.

“Mantuvimos una lucha de casi cuatro años en el seno de la Asamblea Nacional, de tener agrupadas a las organizaciones de productores y que por algunas artimañas de cierta gente casi logra que se dispersaran, sin embargo, se reagruparon. La Ley fue consensuada y aprobada pese a la poca presencia de legisladores, no hubo abstención, ni votación en contra, es de las pocas leyes que ha sido aprobada con mayoría absoluta”, dijo Rizo.

Según el parlamentario, los principales puntos contenidos en la legislación son el establecimiento de las reglas claras de la comercialización interna del café, introduce el formato único en donde se estipulará el pago que se otorga al productor, la utilidad de un exportador, las casas exportadoras y beneficiadores se responsabilizarán del café del productor, además estas últimas estarán obligadas a tener un seguro para responder en caso de quiebra.

Más complacido se mostró Rizo por la creación en la ley de la Comisión Nacional de Café (Conacafé), en la que 30,000 productores tendrán una representación de ocho miembros que junto a delegados de los ministerios de Economía, Agropecuario, Marena, exportadores, beneficiadores y torrefactores (tostadores), se encargará de establecer las reglas económicas del rubro.

Esa comisión podría estudiar la posibilidad de que el Gobierno suspenda a los cafetaleros el cobro anticipado de la retención de sus utilidades, por considerar que “es absurdo que el Impuesto sobre la Renta (IR), sea retenido como anticipo sobre la utilidad, porque no sabés si vas a ganar o a perder”.

UN CONSEJO “MULTIUSOS”

La Ley del Café define el establecimiento del Consejo Nacional del Café (Conacafé) cuyas atribuciones son definidas enseguida.

– Estará integrado por los ministros Agropecuario y Forestal y el de Fomento, Industria y Comercio. Además de ocho productores, uno por cada departamento cafetalero, un representante de los beneficiadores, uno de los exportadores y un representante de la Unión Nicaragüense de Cafetaleros (Unicafé).

– Entre sus funciones está recomendar al Poder Ejecutivo medidas ligadas a la dirección, orientación, desarrollo y ejecución de la política cafetalera.

– Asesorar al Ejecutivo en lo que refiere a la firma de tratados y convenios internacionales y demás disposiciones relativas al fomento y desarrollo de la producción, exportación, consumo y comercialización.

– Proponer la distribución de las cuotas de deportación de café para que pudieran regir en el país conforme a los acuerdos y convenios internacionales.

– Dar seguimiento al proceso de producción, acopio, beneficiado, transformación, comercialización y exportación del café.

– Promover políticas de financiamiento oportunas y adecuadas.

– Recibir y canalizar las donaciones de orden público de insumos agrícolas y otros destinados a los productores de café en general.  

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