CIDH expresa preocupación ante destitución de diputados en Nicaragua

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió un comunicado de prensa a través del cual expresa su preocupación ante la destitución de los diputados de oposición en Nicaragua, y urge al Estado a adoptar todas las medidas que sean necesarias a fin de garantizar el libre ejercicio de los derechos políticos en el país.

A su vez, la CIDH recomienda al Estado de Nicaragua adoptar las medidas necesarias para garantizar el debido respeto a las facultades de los adversarios políticos que han sido electos e investidos por el mandato popular.

“De acuerdo a la información recibida, el 28 de julio de 2016 el Consejo Supremo Electoral (CSE) resolvió  destituir a todos los diputados que no aceptaron a Pedro Reyes como líder del Partido Liberal Independiente (PLI)”, expresa la CIDH, que indica que “el 30 de julio la Junta Directiva de la Asamblea Nacional acató la Resolución del CSE de destituir a los 16 diputados titulares y 12 diputados suplentes que pertenecían al PLI, en razón de no reconocer la sentencia 299 de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que le quitó la representación legal del PLI a Eduardo Montealegre y se la otorgó a Pedro Reyes”.

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Y apunta que con esta decisión, los diputados elegidos por voto popular para ejercer el cargo fueron reemplazados por una decisión judicial emitida en un contexto político de año electoral.

“El derecho al voto implica que los ciudadanos puedan decidir directamente y elegir libremente y en condiciones de igualdad a quienes los representarán en la toma de decisiones de los asuntos públicos”, dice la CIDH, que agrega: “El sistema interamericano de derechos humanos, a través de decisiones de la Comisión y de la Corte, ha establecido que los ciudadanos tienen el derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos por medio de representantes libremente elegidos.  El derecho al voto es uno de los elementos esenciales para la existencia de la democracia y una de las formas en que los ciudadanos ejercen el derecho a la participación política”.

“Si la decisión de destitución tiene como resultado que autoridades electas por el mandato del voto no pueden terminar de ejercer el cargo en el período para el cual fueron electas, dicha decisión podría constituir una restricción indebida al ejercicio de los derechos políticos. En ese sentido, la Comisión exhorta al Estado a generar las condiciones y mecanismos adecuados para que los derechos políticos puedan ser ejercidos de forma efectiva, respetando el principio de igualdad y nodiscriminación”, refiere la CIDH en su comunicado.