Ortega crea amenazas para empresas mineras y traspasa poderes y bienes de la sancionada Eniminas al Ministerio de Energía y Minas
Estos son los cambios que amenazan a la industria minera de Nicaragua. Régimen desmantela Eniminas tras sanciones de EE. UU., pero se niega a dejar el negocio

El régimen de Daniel Ortega ordenó este lunes una reforma a la Ley Especial sobre exploración y explotación de minas, mediante el cual dio poderes al Ministerio de Energía y Minas (MEM), no solo para intervenir a empresas mineras a través de nombramiento de interventores, sino también obligar a los inversionistas interesados en explorar áreas de reservas mineras a darle participación al Estado en el negocio “a través de alianzas y asociaciones con empresas privadas públicas o mixtas que proponga y autorice” dicho ministerio.
En una reforma con trámite de urgencia, que ya fue aprobada este lunes en la Asamblea Nacional, el régimen también orientó al MEM ejecutar un seguimiento y revisión de las concesiones mineras ya otorgadas para determinar el cumplimiento de las obligaciones de estas, para que en caso de que hayan incumplimientos se proceda a cancelar las mismas o bien establecer acuerdos.
Antes de esta reforma, el artículo 2 de la Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas, establecía que el “Estado a través de Eniminas, en su condición de empresa estatal, podrá participar en las actividades establecidas en la presente Ley de conformidad a las funciones y facultades estipuladas en su Ley creadora”.
Ahora con la reforma, dice que el Estado “a través de alianzas y asociaciones con empresas privadas, públicas o mixtas que ponga y autorice el Ministerio de Energía y Minas podrá participar en las actividades establecidas en la presente ley”.
Es decir, que el Estado seguirá participando en el negocio, pero será el Ministerio de Energía y Minas quien establecerá cuál será la empresa que representará al sector público en el mismo con el sector privado, ocultando de esta manera la figura de Eniminas, que antes estaba explícita en la ley.
De inmediato, en el mismo artículo se agrega un párrafo, que es una de las amenazas al sector privado ya establecido. Se ordena al Ministerio de Energía y Minas para que ejecute “un seguimiento y revisión de las concesiones mineras otorgadas a la fecha de publicación de la presente ley, para determinar el cumplimiento de las obligaciones de los titulares mineros; facultándose al Ministerio a cancelar dichas concesiones en caso de incumplimiento o establecer acuerdos de cumplimiento en los casos que amerite con los concesionarios mineros infractores”, dice una adición al artículo 2 de la Ley 387, Ley Especial sobre exploraciones y explotaciones de minas.
El cambio ocurre en momentos en que el oro en bruto es el principal rubro de exportación de Nicaragua y se ha beneficiado de precios elevados en el mercado internacional. Según datos del Banco Central de Nicaragua, hasta el año pasado, el sector minero aportó 892 millones de dólares, de un total de 3,510.6 millones de dólares en ingresos generados por la actividad exportadora fuera de zona franca.
MEM podrá nombrar interventores
En la misma reforma, el Gobierno ordena que se empiece a fiscalizar las exportaciones de oro que realicen las empresas de empeño y préstamos, así como de los comerciantes de metales y/o piedras preciosas. En caso de incumplimiento, el Ministerio de Energía y Minas tendrá facultad para cerrar estos negocios que sean sujetos obligados.
La facultad anterior se incorporó a través de un inciso al artículo 77 de la Ley Especial sobre exploración y explotación de minas. El régimen de Ortega aprovechó esa reforma a dicho artículo para añadir un segundo inciso adicional que puede resultar peligroso para el sector minero ya establecido.
Se trata de otro inciso nuevo (h), en el que señala que el Ministerio de Energía y Minas podrá “nombrar interventores en los casos de incumplimientos establecidos por el MEM, en consonancia al artículo 2 de la presente ley”.
Dicho artículo 2 está relacionado precisamente con la revisión y seguimiento que hará el Ministerio de Energía y Minas de las concesiones ya establecidas y en caso de que hayan incumplimientos se podrán cancelar dichos permisos o bien se permitirá “que los concesionarios mineros infractores” puedan hacer cambios en casos que se amerite.
Eniminas pierde concesiones y retornan al MEM
Igualmente con la reforma se cancelaron dos concesiones de áreas para exploración minera, metálicas y no metálicas, una de ellas que estaba siendo desarrollada por Eniminas, la que está sancionada por Estados Unidos desde junio del 2022.
En el caso de Eniminas, se trata de un área de exploración denominada El Santo II, con un área de 2,088.80 hectáreas situadas en los municipios de La Libertad y Santo Domingo, en Chontales. Los bienes de estas dos concesiones, así como los estudios y derechos sobre esas concesiones antes mencionadas, pasarán bajo la administración del Ministerio de Energía y Minas, que establecerá condiciones de su otorgamiento a otros concesionarios, que puede incluir la participación o alianza con el Estado.
También se canceló una concesión que estaba en poder de Eniminas en Villa Nueva, Chinandega. Se trata de la concesión Villanueva que contempla un área de 1,641.22 hectáreas, ubicada en dicho municipio.
Igualmente ordena al Ministerio de Energía y Minas el manejo de un fondo de desarrollo minero que estaba en poder de Eniminas y que ahora pasará a ser administrado y desarrollado por esta dependencia del Estado.
Precisamente debido a que las dos concesiones antes descritas, así como el fondo minero estaban en poder de Eniminas, en la reforma se estableció que los bienes e inmuebles que se hayan adquirido con los mismos pasen a manos del Ministerio de Energía y Minas.
Más cambios
Otro elemento que incluye la reforma es que ahora las áreas de reserva minera, que son las zonas mineras que están en poder del Estado y que antes estuvieron en exploración y fueron dejadas por las empresas mineras, podrán ser desarrolladas en alianza con el sector público.
“Para otorgar concesiones en las áreas de reservas mineras, los interesados deberán suscribir alianzas, asociaciones, sociedades con empresas privadas, públicas o mixtas o en cualquier forma de participación que proponga el Ministerio de Energía y Minas”, se lee en el artículo 84 del proyecto de reforma.
En ese sentido, estas reservas mineras representan una gran mayoría de las áreas de exploración y explotación minera que están en poder del Estado y que están disponibles para que los inversionistas, ya sean los establecidos o extranjeros, puedan solicitar concesiones para buscar el metal.
Pero ahora por obligación deben dar participación al Estado a través de representaciones que el MEM diga. Esto no afecta a las áreas que ya están siendo exploradas o en explotación vigentes, pero sí para las nuevas concesiones.
Por otra parte, a través de una adición al artículo 39, el régimen de Ortega ordenó que el Ministerio de Energía y Minas se encargará de supervisar el origen de los recursos mineros que llegan a los planteles provenientes de la pequeña minería y la minería artesanal. En algunos casos, el MEM podrá extender avales de dichos recursos minerales a los mineros artesanales y pequeños mineros.